LA HACIENDA ESPAÑOLA EN EL SIGLO XVIII.

LA HACIENDA ESPAÑOLA EN EL SIGLO XVIII.
     Los Estados viven y mueren por la Hacienda y es capital su importancia. Dice el profesor Fontana que: "La historia de España, de Carlos V para acá, estaba presidida por la dramática incapacidad de ajustar los recursos financieros disponibles a las exigencias de una  gran política exterior. Los tesoros de América ayudaron a superar esta insuficiencia, pero lo que de momento significó una ventaja, se convirtió, a largo plazo, en causa del desastre financiero en que se hundió la España del Antiguo Régimen". La hacienda española no se adaptó a las exigencias del momento y se asemejaba, más bien a la de los siglos anteriores. Acogerse a préstamos extraordinarios y a endeudamientos no mejoraron la situación y a principios del s.XIX España recaudaba la sexta parte que Inglaterra o la mitad que Francia. El Estado recaudaba impuestos que obtenía en su mayor parte de Castilla donde regía un complicado sistema impositivo fruto de la acumulación no sistematizada de tributos creados a lo largo de muchos siglos. Del centenar de rentas que tenemos noticia atenderemos solo a tres que rentaban el 90 % de la recaudación y eran: a) las rentas provinciales; b) las rentas estancadas y c) las aduanas.
     -LAS RENTAS PROVINCIALES. Constituían un complejo sistema de unos quince impuestos mayores, que a su vez se subdividían hasta un total de cuarenta y seis denominaciones. El más importante era la alcabala que consistía en un gravamen del 3 al 10 % según las épocas sobre  las ventas o permutas; fue el rey de Castilla Alfonso XI quien en 1342 lo impuso para financiar el sitio de Algeciras y no fue suprimido hasta la reforma de Alejandro Mon de 1845. Vinculado a la alcabala estaba el impuesto de los cientos que aumentaba en un uno por ciento el valor de la alcabala,  llegando hasta e 14 % en sucesivas subidas (rebelión catalana de 1640, en 1656 y 1664). Y  en tercer lugar los millones o servicio de millones o de las sisas que en principio fue una contribución extraordinaria, votada por las Cortes de Castilla en 1589, después del desastre de la Armada Invencible, fue un impuesto sobre el consumo de carne, vino, vinagre, aceite, jabón, azúcar y velas de sebo. Se llamó así por contarse en millones de ducados en vez de maravedís. Se otorgaron varios servicios de millones, el primero en 1590 por valor de ocho millones, con Felipe III se votaron tres servicios y con Felipe IV seis. Se recaudaban por medio de la sisa o rebaja en el peso o medida de los artículos hasta una octava parte; además había otros impuestos de diversa índole dentro de las rentas provinciales, unos de origen feudal como la martiniega, el conducho o la fonsadera y otros de tradición musulmana como la renta de la abuela percibida en Granada. Se recaudaban por el sistema de "encabezamientos" consistente en fijar una cantidad a recaudar por cada tributo y el pueblo encabezado se encargaba de  recaudar la suma total de la manera que le pareciese más conveniente. La Hacienda incapaz de recaudar directamente los impuestos, solía arrendarlos; el 20 de septiembre de cada año se hacía la subasta y los arrendadores podían subarrendar los impuestos adquiridos y éstos para nada se ajustaban a unas normas, se cometían muchos abusos y por eso eran tan denostadas. Cabarrús manifestaba al respecto que "era un sistema destructivo y desigual que arruina a un tiempo al soberano y a los vasallos, que  corroe los miembros del Estado, sofoca la industria y la población, ata los brazos, apaga la imaginación y desalienta los corazones".
     El siguiente contingente de ingresos en importancia provenían de las rentas estancadas o monopolios. La explotación de estas rentas pertenecía en exclusiva a la Corona. Las más importantes eran el tabaco, la sal (almacenada en alfolíes y se impusieron cuotas de consumo obligatorio o acopios que dieron estabilidad a la renta) y el papel sellado y las siete rentillas:los naipes, el plomo, la pólvora, el azogue, el lacre, el bermellón y el azufre.
     En cuanto a las aduanas o almojarifazgos (de puertos secos o de mar) grababa el tráfico de productos tanto de importación como de exportación como en el interior del mismo país. Proporcionaron del 25 al 30 %  de los ingresos totales. Hay que añadir la "renta de lanas" que era el viejo montazgo pagado por los  ganados.
     Al final de la Guerra de Sucesión los reinos de la Corona de Aragón habían tomado parte por el archiduque Carlos, como perdieron, Felipe V quiso implantar el sistema impositivo castellano, pero el caos que se originó obligó a desistir; entonces se aplicó el "equivalente", tributos que cumplieran la función de las rentas provinciales; por eso en Valencia le llamaron al nuevo impuesto "equivalente", "catastro" en Cataluña, "única contribución" en Aragón y "talla" en Mallorca, pero no había diferencias sustanciales en los diversos reinos. Las formas de reparto eran similares , el real que se cobraba sobre la tierra e inmuebles, diezmos, censos y ganados; el industrial sobre las ganancias calculadas al tráfico comercial o ejercicio de una profesión y el personal sobre los valores de jornales y honorarios.
     El marqués de la Ensenada inició la elaboración de un catastro de la riqueza de las provincias de Castilla que había de servir de base  para el repartimiento de los impuestos; pero no se aplicó. Con Carlos III se replanteó el asunto y en 1770 se publicaron los decretos e instrucciones  para establecer la única  contribución pero nunca se aplicó. La necesidad urgente de numerario hizo que el Estado recurriese al endeudamiento a base de empréstitos que no se  detendría hasta 1808. Lo único positivo fue la implantación de la contribución de "frutos civiles".
     A finales de siglo los gastos anuales casi se doblaron, pasaron de 800 a 1500 millones de reales mientras que los ingresos permanecieron estables, entre 600 y 700 millones de reales. Los caudales de Indias pese aumentar de cien a trescientos millones resultaron insuficientes y el Estado recurrió al crédito que llegó a significar un tercio del total de los ingresos. En este ambiente de crisis se pusieron en circulación los "vales reales" o títulos de deuda pública que circularon mediante endoso como papel moneda  y fueron creados en tiempos de Carlos III a propuesta de Cabarrús en 1780. El problema fue que el Estado  no podía ni pagar los intereses de la deuda lo que motivo la depreciación de los vales y el descrédito del Gobierno, para resolver esta grave situación se procedió a crear una Caja de Consolidación de vales y para capitalizarla se apropiaron de los bienes de la extinta Compañía de Jesús y a desamortizar los bienes eclesiásticos de la obras pías, hospitales etc. (1798, desamortización de Godoy) con lo que consiguieron encolerizar al clero que contribuyó a la caída de Godoy y al destronamiento de Carlos IV. En 1814 la deuda reconocida  alcanzaba un volumen de 13.000 millones de reales.
     El clero pese a ser un estamento privilegiado contribuía al sostenimiento del Estado pagando impuestos como las tercias reales, el patronazgo, el noveno decimal sobre diezmos, encomiendas de abadengos, órdenes militares, cruzada, subsidio, excusado, expolios y vacantes etc.
     













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